El sector de vehículos eléctricos en Europa, y especialmente en España, muestra un crecimiento notable. Según la Asociación de Constructores Europeos de Automóviles, dos de cada diez coches vendidos en la Unión Europea son eléctricos en 2026. Este ascenso ha llevado a una creciente necesidad de instalaciones de carga en comunidades de propietarios. La Ley de Propiedad Horizontal aclara que no es necesario solicitar permiso a la comunidad para instalar un punto de recarga en una plaza de garaje individual, solo es necesaria una comunicación previa.
Este artículo de la ley establece que los propietarios pueden proceder con la instalación de un cargador asumiendo todos los costos correspondientes. Además, la comunidad debe facilitar el paso de cableados a través de espacios comunes si es necesario, salvo en casos excepcionales de riesgos estructurales o de seguridad. Esto asegura que el derecho a instalar un punto de carga queda plenamente reconocido y es una respuesta al cambio en las preferencias de movilidad de los ciudadanos.